PRESUPUESTO LARGOMETRAJE NACIONAL

COSTO MEDIO proyectado a Marzo 2026. Calculado por Paula Zyngierman y Nicolás Avruj. Completo con sus parámetros y desglosado por rubros en https://dac.org.ar/costo-medio

PRESUPUESTO UNITARIO MEDIO

Series de 6 capítulos 1er. semestre 2026. Calculado por Betina Brewda y Mercedes Duro. Completo y desglosado por rubros en https://dac.org.ar/costo-medio

¿MODERNIZACIÓN O VACIAMIENTO?

A partir de la Resolución 545/24, las películas que pretendan acceder a Subsidios por Otras Formas de Exhibición o de Medios Electrónicos, deberán presentarse al Comité de Películas Terminadas, que resolverá si la película es declarada “de interés” (simple o especial) o “sin interés”. Ha dejado de existir la preclasificación, con lo cual quien pretenda filmar una película no sabrá, luego de haberla terminado y hasta el momento de ser evaluada por el Comité de Películas Terminadas, si accederá o no a los subsidios. El productor que presente el film al Comité, previamente deberá realizar una rendición de gastos (conforme al nuevo Presupuesto de 29 Rubros, si es Ficción), que tendrá que haber solventado con independencia del INCAA, ya que tampoco existen adelantos de subsidio ni de masa salarial; como único anticipo para el cobro del Subsidio, solo se ofrecen “microcréditos”.

Luego de presentada la rendición de gastos y la copia de la película, en el caso de que el Comité la declarase “de interés”, el productor estaría en condiciones de acceder al subsidio hasta un tope de 102 millones de pesos (equivalente al 34 % del costo medio de 300 millones de pesos). Asimismo, en función de los espectadores que logre acreditar, tendría acceso al subsidio “de taquilla”, cuyo tope es el del costo medio, según la Resolución 50/2025.

Para Ficción, es requisito acreditar una audiencia mínima de 10 mil espectadores en las “otras formas de exhibición” declaradas, por ejemplo, mediante un contrato de venta con una plataforma. Para acceder al subsidio “de taquilla”, la película deberá estrenarse en tres salas cinematográficas comerciales en forma simultánea, todos los días, en todas las funciones de la semana cinematográfica.

En el caso del Documental, se requieren siete proyecciones en la misma semana cinematográfica en CABA y otras siete proyecciones en la misma semana cinematográfica en el Interior, y acreditar 5.000 espectadores en “otras formas de exhibición”.

Las películas que soliciten el subsidio por “otras formas de exhibición” y/o “de taquilla” no requieren presentación previa al inicio de rodaje, siendo el momento de evaluación posterior a que la película esté terminada. El límite de subsidio a ser percibido por las películas está también limitado por el 50 % del costo que el INCAA les haya reconocido.

El costo medio debería haber sido reconsiderado el 1° de septiembre de 2025, pero a fines de diciembre continuaba siendo el mismo. Si se modificara, debería ser retroactivo a esa fecha, pero la Reforma Laboral del Gobierno resultó esconder, en sus artículos 195 y 196, cambios en dos leyes clave: la Ley de Cine y la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, eliminando las fuentes de recursos con que el INCAA paga los subsidios. Estas fuentes de recursos son el impuesto sobre la facturación de radios, canales y servicios de cable, del cual el 25 % se destina al Fondo de Fomento Cinematográfico, junto con la mitad del IVA de las entradas a las salas de cine.

Cabe mencionar que la RTA, el Instituto Nacional del Teatro, el Instituto Nacional de la Música y los proyectos audiovisuales comunitarios también quedarían absolutamente desfinanciados, perdiendo, como el INCAA, toda capacidad de acción. Según el Proyecto, la eliminación de estos recursos rige al día siguiente de la promulgación de la Ley.

Como lo aclara el doctor JULIO RAFFO en Infobae (https://www.infobae.com/opinion/2025/12/16/la-reforma-laboral-en-el-senado/), el Senado podría incurrir en usurpación de funciones si trata proyectos con contenido tributario sin la intervención de Diputados, conforme el artículo 52 de la Constitución Nacional, la Procuración General de la Nación y el propio Código Penal.

Tal como expresó el Espacio Audiovisual Nacional (EAN): “No es modernización, es vaciamiento. La Cultura no es un gasto, es una inversión. Perjudica a los cientos de miles de trabajadores directos e indirectos que genera la cultura, a los espectadores que quieren ver y escuchar sus propias historias, a nuestra soberanía cultural y nuestra identidad, solo veremos lo que produzcan las plataformas extranjeras. ¿A quién beneficia? A un puñado de medios concentrados y a las potencias extranjeras de la comunicación”.